miércoles, 29 de diciembre de 2010

Los incumplimientos en tres años de Ley de Memoria Histórica

Patricia Campelo, Público, 27.12.2010
Tres años después de la entrada en vigor de la ley 52/2007, conocida como de Memoria Histórica, las asociaciones de víctimas hacen un balance negativo de su aplicación.
El texto de la norma es objeto de críticas por parte de familiares y asociaciones, que consideran erróneo el planteamiento de una la ley que contempla, en su preámbulo, el carácter “familiar y personal” de la memoria de las víctimas del franquismo. “¿A qué víctima de un delito violento tan grave le dice el Estado que su recuerdo no es público, que es un asunto de su familia?”, se cuestiona Emilio Silva, nieto de un fusilado en Priaranza del Bierzo y presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH), entidad que comenzó hace diez años las primeras exhumaciones de fosas de víctimas de la represión franquista con métodos científicos.
En la misma línea se pronuncia Arturo Peinado, miembro de la Federación Estatal de Foros por la Memoria, quien, además, enfatiza la incongruencia del Gobierno a la hora de firmar tratados internacionales que le obligan a investigar las desapariciones forzadas -como es en caso de la Convención que entró en vigor el 23 de diciembre- , y al mismo tiempo define como “personal y familiar” el problema de las víctimas del franquismo.
“Es vergonzoso que España ratifique convenios internacionales para investigar desapariciones forzadas y después, en su ordenamiento interno, saque esos casos del ámbito judicial”, recalca.
Deber eludido
Silva subraya la falta de asunción de responsabilidades de la Administración en la búsqueda de desaparecidos y denuncia que el Estado cargue a las víctimas con la tarea de lograr por sí mismas la solución al problema. Asegura, incluso, que la propia Administración deriva a los familiares que acuden a ella en búsqueda de ayuda a las asociaciones de memoria histórica, facilitándoles el teléfono de las mismas y remitiéndoles los casos que reciben. “¿Cómo es posible que alguien que llame a una administración denunciando y pidiendo ayuda por un delito tan grave sea remitido a una asociación para que le solucione el problema?”, se cuestiona Silva.
Por su parte, Peinado evidencia la falta de voluntad de las instituciones para investigar, en vía judicial, los delitos a represaliados del franquismo. La posible creación de una oficina de atención a los familiares de niños robados, propuesta por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, es otro hecho que “pone de manifiesto la intención de sacar de la esfera judicial toda investigación sobre los crímenes franquistas”, destaca.
Desde la Federación de Foros por la Memoria insisten en la obligatoriedad de la investigación judicial, algo que la Ley de Memoria Histórica entorpece al promover medidas administrativas de reparación personal. “España tiene que aplicar el derecho penal internacional que ha ratificado. Las denuncias de los familiares se tienen que atender en sede judicial, y no administrativa ya que los delitos de desaparición no prescriben mientras no cese la desaparición”, explica Peinado.
Símbolos franquistas
Para la ARMH, el artículo que dedica la Ley 52/2007 a la eliminación de vestigios que exalten a los artífices de la guerra civil y de la dictadura supone también un capítulo inconcluso en la reparación de las víctimas. Silva recuerda la existencia de numerosas calles, plazas, monumentos e, incluso, denominaciones de pueblos que “permanecen intactos pese a que la Ley considera ilegales las exaltaciones de la dictadura”.
Asimismo, enfatiza la “doble moral” con la que los poderes públicos miden cierto tipo de homenajes: “Vivimos en un Estado que cierra locales por exponer fotografías de ex presos de grupos terroristas y al mismo tiempo permite plazas, fundaciones y calles dedicadas a asesinos de decenas de miles de civiles. La democracia no debe practicar ni consentir esa doble moral”, afirma el presidente del la ARMH.
Peinado indica que la norma “no es efectiva” porque, además de contemplar “excepciones”, aún carece de un reglamento que la desarrolle, “que establezca tipología y plazos de retirada”.
Esta laguna adicional a la Ley 52/2007 provoca que algunos ayuntamientos se nieguen a aplicar los preceptos de la norma: “Izquierda Unida presentó una propuesta de cambio de nombre al parque Carlos Arias Navarro, en Madrid, y el vicealcalde, Manuel Cobo, se negó ateniendo a esa ausencia de un reglamento que desarrolle la Ley”, cuenta Peinado, quien opina que si de algo ha servido la norma es para dar “impulso moral” para la retirada de vestigios. A nivel de competencias “muchos municipios ya habían retirado monumentos o cambiado nombres de calles antes de 2007″. “Ahora se ven un poco más obligados por que existe esta ley, pero por una cuestión ética, no porque apliquen la norma”.
En lo que se refiere a la gestión del Valle de los Caídos, Silva pone el acento en la continuidad religiosa del recinto y en la falta de luz sobre los orígenes del mismo. “Continúa siendo un lugar de culto católico en el que se permite cierta exaltación del franquismo a través de la práctica religiosa y se oculta la tragedia de los miles de esclavos políticos republicanos que fueron obligados a construirlo”, recalca.
Desde los Foros por la Memoria tienen claro que en Cuelgamuros “hay un consentimiento a que se produzcan concentraciones fascistas a modo de misas” en un recinto que, según Peinado, “se ha convertido en el gran monumento nazi de Europa” y en un “centro de peregrinación” al que acuden “fascistas de todo el continente”, algo que, según Peinado, se pudo comprobar el pasado 20N[oviembre], cuando se dieron cita a las puertas del recinto “familias de diferente procedencia que venían a exaltar el fascismo”.
Mapa de fosas
Otro de los compromisos que adquirió el Gobierno a través de la Ley que hoy cumple tres años, fue el de elaborar un mapa de fosas “integrado que comprenda todo el territorio español, accesible a todos los ciudadanos y al que se incorporarán los datos remitidos por todas las administraciones públicas”, tal y como establece la norma legal.
Este extremo es objeto de las denuncias de incumplimiento que hacen las asociaciones, ya que, según Silva, el Gobierno “en vez de hacerlo -el mapa de fosas- ha delegado su deber en las comunidades autónomas, lo que genera una bronca política que no existiría si se llevara a cabo desde instituciones del Estado. Tampoco ha elaborado un protocolo de exhumaciones”.
Éditions Ruedo Iberico

jueves, 23 de diciembre de 2010

Los crímenes del franquismo hacia el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de DD.HH.

escrito por Redacción    miércoles, 22 de diciembre de 2010

CLARIN ha publicado en el texto íntegro del incidente de nulidad que el 21-12- 2010 ha promovido Da. Carmen Negrín Fetter ante el Tribunal Supremo (Sala Penal) frente al Auto de 5 de noviembre de 2010, que confirma el de la Audiencia Nacional de 2-12-2008) que prohibió investigar los crímenes de la dictadura entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977.
La petición de nulidad se fundamenta en cuestiones nuevas sobrevenidas, a saber:

La entrada en vigor, el 23 de diciembre de 2010, de

1- las modificaciones al Código Penal introducidas por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio RCL\2010\1658, en cuya virtud el art. 131 del C. P. español dispone que los delitos de lesa humanidad y de genocidio (….) no prescribirán en ningún caso. En los supuestos de concurso de infracciones o de infracciones conexas, el plazo de prescripción será el que corresponda al delito más grave;

2- la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, de la que España es parte, que dispone:

- art. 5:La práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye
un crimen de lesa humanidad tal como está definido en el derecho internacional aplicable y entraña las consecuencias previstas por el derecho internacional aplicable”,

es decir es un delito imprescriptible, no amnistiable, no susceptible de ser considerado un delito de motivación política (art. 13).

- Artículo 8: “(…) 1. Cada Estado Parte que aplique un régimen de prescripción a la
desaparición forzada tomará las medidas necesarias para que el plazo de prescripción de la acción penal: (…) b) Se cuente a partir del momento en que cesa la desaparición forzada, habida cuenta del carácter continuo de este delito. (….)
- art. 20: “2. (...)  el Estado Parte garantizará a las personas a las que se refiere el párrafo 1 del artículo 18, el  derecho a un recurso judicial rápido y efectivo para obtener sin demora las  informaciones previstas en esa disposición. Ese derecho a un recurso no podrá ser suspendido o limitado bajo ninguna circunstancia.
- art. 22: “(...) cada Estado Parte tomará las medidas necesarias para prevenir y sancionar las siguientes prácticas: a ) Las dilaciones o la obstrucción de los recursos previstos en el inciso  f ) del párrafo 2 del artículo 17 y el párrafo 2 del artículo 20

En conformidad con la Constitución española -arts 96.1, 10.2, 24, 14, 9.3- y del Código Civil (art. 1.5), la Sala Penal debe interpretar y aplicar las normas internas en conformidad con el espíritu y la letra de esta Convención.

2. Las sentencias de 17 y 14 de diciembre de 2010, que aplican los mismos principios amparados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y el Convenio contra la desaparición forzada de personas –vinculantes para España (arts. 96.1 y 10.2 de la Constitución; art. 1.5 del Código Civil)- que los Autos de 5-11-2010 y 2-12-2008 de la Sala Penal del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional , respectivamente, han ordenado no aplicar en España, a saber:
- la Sentencia de 17 de diciembre de 2010 del Tribunal Penal de Paris, que en conformidad con el CEDH condena a cadena perpetua a los generales Contreras y Espinosa; a treinta años de cárcel  a los generales Brady e Iturriaga Neumann, todos del Ejército de Chile, y a veinticinco años de cárcel a otros oficiales y dos civiles, por el secuestro en Chile en 1973-1975, seguido de torturas y desaparición forzada, de cuatro ciudadanos, delitos que declara no susceptibles de prescripción ni de amnistía (la ley chilena y francesa establecen en 20 años el plazo máximo para la prescripción de un crimen;  la ley de amnistía chilena es de 1978)
- la Sentencia de 14 de diciembre de 2010 de la Corte Interamericana de DDHH,  que condena a Brasil  por vulnerar su Corte Suprema garantías establecidas en el Convenio Interamericano de DDHH –y también en el CEDH- consistentes
1) en la obligación de investigar, y en su caso sancionar, graves violaciones de derechos humanos, según el derecho internacional, cometidos en fecha anterior a la ratificación del Convenio internacional;
2) la obligación de no aplicar la ley de amnistía -de 1979- a graves violaciones de derechos humanos cometidas antes del año 1979,
Esta Sentencia condena a Brasil en virtud de principios amparados por el CEDH y el TEDH que expresamente invoca, en los términos siguientes (subrayado nuestro):
“145. Por su parte, en el Sistema Europeo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado que en casos de violaciones al derecho a la vida o a la integridad personal, la noción de un "recurso efectivo" implica, además del pago de una compensación cuando proceda y sin perjuicio de cualquier otro recurso disponible en el sistema nacional, la obligación del Estado demandado de llevar a cabo una investigación exhaustiva y eficaz, capaz de conducir a la identificación y castigo de los responsables, así como el acceso efectivo del demandante al procedimiento de investigación”.
           
“161. En el Sistema Europeo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró
que es de la mayor importancia, para efectos de un recurso efectivo, que los procesos
penales referentes a crímenes como la tortura, que impliquen violaciones graves a los
derechos humanos no sean prescriptibles y que no se deben permitir amnistías o perdones al respecto.”
           
256 (…) Teniendo en cuenta lo anterior, así como su jurisprudencia, este Tribunal dispone que el Estado debe conducir eficazmente la investigación penal de los hechos del presente caso a fin de esclarecerlos, determinar las correspondientes responsabilidades penales y aplicar efectivamente las sanciones y consecuencias que la ley prevea372. Esta obligación debe ser cumplida en un plazo razonable (…) inter alia:
 
a) iniciar las investigaciones pertinentes en relación con los hechos del presente
caso, tomando en cuenta el patrón de violaciones de derechos humanos
existente en la época (…);
 
b) determinar los autores materiales e intelectuales de la desaparición forzada de
las víctimas y de la ejecución extrajudicial. Además, (…) el Estado no
podrá aplicar la Ley de Amnistía en beneficio de los autores, así como ninguna
otra disposición análoga, prescripción, irretroactividad de la ley penal, cosa
juzgada, ne bis in idem o cualquier excluyente similar de responsabilidad para
excusarse de esta obligación (…), y
 
c) asegurarse que: i) las autoridades competentes realicen las investigaciones
correspondientes ex officio, (…) ii) las personas que participen en la investigación (…) cuenten con las debidas garantías de seguridad, y iii) las autoridades se abstengan de realizar actos que impliquen la obstrucción del proceso investigativo.
 
257. Particularmente, el Estado debe garantizar que las causas penales que se
inicien por los hechos del presente caso en contra de presuntos responsables que sean
o hayan sido funcionarios militares, se tramiten ante la jurisdicción ordinaria y no en el
fuero militar (…)”.

Los recurridos Autos de 5-11-2010 y 2-12-2008 sitúan a España fuera del sistema democrático europeo,  al interferir con garantías amparadas por los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 13, 14 y 17 del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales (CEDH), así como por el artículo 47 de la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea (en relación con los artículos 14, 24.1, 24.2, 96.1, 10.2, 9.3 de la Constitución española).

3. El Auto de 5 de noviembre de 2010 de la Sala Penal del Tribunal Supremo fundamenta su parte dispositiva en la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 1038/2009 begin_of_the_skype_highlighting              1038/2009      end_of_the_skype_highlighting de 3 noviembre (
RJ 2009\7826), según la cual
Es oportuno recordar, en este sentido, la 
sentencia de 07-05-2002 nº 850 (RJ 2002, 5958)  que nos dice: "el párrafo 10 del art. 848 LECrim sólo autoriza la casación por infracción de ley contra los autos definitivos de las Audiencias y los dictados en apelación por los Tribunales Superiores de justicia, en los supuestos expresamente establecidos, citándose como tales los relativos a cuestiones de competencia, a que se refieren los arts. 23, 31, 32, 35, 40 y 43 de la LECrim , el derivado de la recusación mencionada en el art. 69 de la Ley procesal penal (…)” (subrayado nuestro).
El Auto, sin embargo, no ha aplicado la doctrina de la propia Sentencia que invoca en el Fallo de la cuestión de competencia, planteada por el Fiscal precisamente por el cauce del artículo 23 de la LECrim.



4. La publicación el 1 de diciembre de 2010 del cable de la Embajada de EE.UU. en Madrid de seis meses antes del Auto de 2-12-2008. Desvela y confirma la concertación entre los Ilmos. Sres. Presidentes de la Sala Penal y Fiscal de la Audiencia Nacional en orden a impedir el acceso a un recurso eficaz. Esta concertación también se ha dado en cuanto a los crímenes del franquismo, en orden a crear la situación de denegación de justicia global que el Auto de 5-11-2010 consolida.


5. La interferencia del Auto de 5-11-2010 con las específicas garantías constitucionales que se exponen en el escrito de 21-12-2010.

Texto íntegro en
http://www.elclarin.cl/images/pdf/confirma2122008deaudnacional21122010.pdf
 





viernes, 17 de diciembre de 2010

Cable sobre las presiones del gobierno de EE.UU a España en materia de derechos de autor

EE.UU presiona al gobierno español en lo referente a las políticas de protección de derechos de autor, lucha contra las descargas en internet y censura de webs que facilitan el intercambio de archivos. También trata de la reunión con González Sinde sobre la reclamación del ‘pissarro’.


REFERENCIA ID: 10MADRID174

CREADO: 12-02-2010 15:03

FILTRADO: 08-12-2010 23:11

CLASIFICACIÓN: NO CONFIDENCIAL / SOLO PARA USO OFICIAL

ORIGEN: EMBAJADA DE MADRID


SENSITIVE
SIPDIS

STATE FOR EUR/WE, EUR/OHI, EEB/TPP/IPE, L/PD
STATE ALSO FOR ECA AND EUR/PPD (L.MCMANIS)
STATE PASS USTR FOR D.WEINER AND J.GROVES
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M.PALLANTE
COMMERCE FOR 4212/DON CALVERT
COMMERCE ALSO FOR USTPO

E.O. 12958: N/A
TAGS: ETRD KIPR PGOV PREL PHUM SCUL SP

ASUNTO: ESPAÑA: REUNIÓN DEL EMBAJADOR CON LA MINISTRA DE CULTURA ÁNGELES GONZÁLEZ-SINDE

REF: A. BARCELONA 15
B. 09 MADRID 1161

MADRID 00000174 001.3 OF 003


SUMARIO:

1. (SBU) El embajador se reunió el 10 de febrero con la Ministra de Cultura Ángeles González-Sinde para discutir la cooperación bilateral en temas culturales, derechos de la propiedad intelectual y los anteproyectos de ley que mejorarían la capacidad del gobierno para luchar contra la piratería digital, y la demanda relacionada con el holocausto del ciudadano estadounidense Claude Cassirer sobre una pintura propiedad del Estado en el museo Thyssen-Bornemisza de Madrid. La ministra reiteró la petición del gobierno de que la embajada continúe trabajando con la oposición política en el anteproyecto de ley para el cierre de sitios web piratas. Con respecto a la demanda de Cassirer, funcionarios del ministerio dicen que el Estado español tiene prohibido dar propiedades u ofrecer indemnizaciones, pero el Embajador pidió a la Ministra barajar otras opciones diferentes para resolver el asunto de la forma más satisfactoria.
Final del sumario.

COOPERACIÓN CULTURAL

2. (U) La ministra estuvo acompañada por su Secretario de Estado, Javier Bonilla, y el Director General (DG) de Política e Industrias Culturales Guillermo Corral van Damme. El Embajador Solomont comenzó enumerando los diversos eventos culturales en los que había participado desde su reciente llegada. El Embajador también mencionó la colaboración entre la sede en Boston de la Escuela de Música Berklee y la Sociedad General de Autores y Editores de España (SGAE)en la creación de un centro cultural y universitario de música en Valencia, que definió como “un proyecto ambicioso”. El Embajador también agradeció a la Ministra su trabajo en la selección de becarios Fulbright y su discurso en el evento en noviembre de 2009 celebrando el 50º aniversario de las primeras becas españolas concedidas a través del programa. Finalmente, mencionó que el Museo de Bellas Artes de Boston planea prestar al Prado una pintura de John Singer Sangert, que fue inspirada por la pieza maestra de Velázquez “Las Meninas”, y que esperaba que la Ministra pudiera asistir a la recepción en la delegación de Boston en marzo.

PROTECCIÓN PI Y MEDIDAS ANTIPIRATERÍA

3. (SBU)El Embajador Solomont dijo que había oído mucho hablar sobre el problema de la piratería en internet en España, del Director General del MPAA y otros, y preguntó cómo estaban las cosas con la propuesta legislativa del gobierno (ref. B) de cerrar o bloquear los sitios web piratas. La Ministra González-Sinde respondió que todo lo que el gobierno intenta hacer en esta área es foco de atención, ya que los intentos de regular la actividad de internet son de gran interés para los jóvenes, los medios de comunicación y compañías como Google. La propuesta del gobierno, dijo, es bastante razonable e incluso modesta. El gobierno se ha comprometido a no actuar agresivamente contra los ciudadanos y los usuarios individuales como se ha propuesto en Francia y el Reino Unido, pero esta iniciativa sin embargo es controvertida. Muchos políticos, afirmó ella, tienen poca información o conocimiento de la situación. Incluso aquellos que reconocen el daño que hace la piratería en internet a las industrias culturales no han sido de gran ayuda.

4. (SBU) al mismo tiempo, la Ministra dijo que ha habido un gran progreso y un debate público abierto sobre las cuestiones de la piratería en internet desde que asumió el cargo el pasado abril. Todavía hay demandas populistas de “cultura libre” en internet, pero estas se toman menos en serio en los medios de comunicación. Internet está agitando los modos tradicionales de difusión cultural, dijo. Incrementar el uso del e-book está sensibilizando a autores y propietarios de medios influyentes sobre el problema de la piratería.

5. (SBU) El debate en el congreso sobre el anteproyecto ley del gobierno va a ser complicado, y aquí es donde la Ministra dijo que el Embajador puede ayudar. El gobierno cree que se están haciendo progresos con los diputados del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), pero está preocupado por la oposición del Partido Popular (PP). El Embajador señaló que había planteado la cuestión en su primer encuentro con el líder del PP Mariano Rajoy y le había contado lo importante que es esta cuestión para el Gobierno de los Estados Unidos y la industria privada. González-Sinde señaló que si el gobierno no resuelve el problema ahora, este podría convertirse en un tema clave la próxima campaña electoral. En el caso de que el PP regresara al poder, tendría que hacer frente a este problema, porque la situación actual es insostenible por mucho tiempo. (Comentario: según informa septel, el Director General Corral dijo a Econoff recientemente que el gobierno se enfrenta a la oposición de algunos miembros del partido gobernante, y nos pidió hacer saber nuestro punto de vista a los diputados de los bloques regionales Convergencia i Unió (Cataluña) y Partido Nacionalista Vasco (País Vasco)).

6. (SBU) El Embajador dijo que el Gobierno de Estados Unidos quiere ver el avance de la legislación en el Congreso y no se debilite en el proceso de enmienda. También señaló que la industria musical en particular no cree que la propuesta del gobierno vaya a solucionar el problema, a lo que la Ministra respondió que el gobierno se ha comprometido a intentar esta aproximación primero, y si esto no da resultado, volverán a intentarlo con medidas adicionales y tal vez más rígidas. La industria musical es importante para España, dijo, porque esta ayuda a promover la lengua española en Latinoamérica y también en los Estados Unidos.

7. (U) En otro orden, la Ministra elevó el anteproyecto de ley que se está debatiendo en el parlamento catalán que podría obligar a doblar o subtitular las películas a la lengua catalana (ref A). Ella sitúo la cuestión en el contexto de las necesidades de financiación de las cadenas televisivas y la difusión de las películas españolas y europeas, y dijo que también está relacionado con la transición de la televisión y las películas del formato analógico al digital. Ella dijo que el gobierno catalán (Generalitat) responde al interés público de la promoción de la lengua y ve a estas otras iniciativas como antinaturales y desequilibradas. Se está intentando echar hacia atrás, pero este intento de que se emitan más películas en catalán es arriesgado, ya que los grandes estudios y distribuidores se oponen a ello. Lo mismo ocurre con los propietarios de las salas de cine, ya que según su experiencia, incluso los catalanoparlantes prefieren ver películas en español. González-Sinde no sabía con certeza si el parlamento regional aprobaría la ley en esa sesión.


DEMANDA DE CASSIRER

8. (SBU) El Embajador planteó la demanda del ciudadano americano Claude Cassirer de una pintura de Camille Pizarro que actualmente es parte de la colección permanente del Museo Thyssen. El Embajador señaló que España participó en la Conferencia de el Arte Confiscado por los Nazis en 1998 y el pasado año en la Conferencia de Praga. España ha firmado la Declaración de Principios pero estaba en la posición de poseer una pintura que los nazis habían obligado a vender a su propietario original. Él citó una carta del gobierno alemán que indica la indemnización que el propietario ha recibido de Alemania por la pintura original desaparecida no extinguido la demanda de la familia de restitución o compensación. El Embajador esperaba que el SMO facilitase las negociaciones cara a cara sobre la compensación, en lugar de “reconocimiento moral”. Reconociendo que el demandante tiene un pleito contra España y la Fundación Thyssen ante el Tribunal de Apelaciones del 9º Circuito, el Embajador preguntó qué impidió al SMO apostar más fuerte fuera del proceso legal.

9. (SBU)La ministra González-Sinde respondió que los abogados de la AMF y del Museo han avisado que España tiene legalmente prohibida la devolución de la pintura o el pago de una compensación. Ella se ofreció a hablar de nuevo con ME Moratinos para ver si se podría hacer algo. DG Corral apuntó que España había adquirido la pintura legalmente y de buena fe y no participó en la transacción en la que un marchante Nazi coaccionó al propietario de la pintura. La Fundación Thyssen gestiona la colección que incluye la pintura, pero el Estado es su dueño. No hay manera de que el Estado entregue esta propiedad sin una orden judicial, dijo, y el gobierno podría ser demandado si lo intenta. El Estado está obligado a proteger su propiedad, a veces incluso en contra de su voluntad.

10. (SBU) España es sensible a la demanda de la familia, dijo Corral, pero no cree que pueda negociarse legalmente una indemnización. Sin embargo, podría tener gestos con la familia y con la comunidad judía de Los Ángeles. El gobierno podría, por ejemplo, organizar y financiar viajes a España e intercambios culturales para promover el entendimiento y aprecio mutuo y ofrecer el debido reconocimiento a la familia Cassirer.

11. (SBU) El Embajador sugirió que el SMO tratara de llegar a soluciones creativas. Al mismo tiempo, se comprometió a transmitir las preocupaciones del SMO a los abogados de Cassirer y a pedirles que ofrezcan una serie de opciones a considerar por el gobierno. Si esto aparece como opciones viables, podrían servir como base para negociaciones directas. Correos seguirá con EUR/OHI.

SOLOMONT

Wikileaks en Español

miércoles, 15 de diciembre de 2010

Casanova: “En Galicia, la sombra del franquismo es más alargada”

“Debería ser más fácil porque no hubo guerra, pero los vencidos no han tenido voz”

ALBA SUÁREZ 15/12/2010

Catedrático de Historia Contemporánea por la Universidad de Zaragoza, Julián Casanova es uno de los impulsores de la búsqueda de fosas comunes de la Guerra Civil y el franquismo. En el coloquio internacional Memoria da Guerra, Reconciliación e Cultura de Paz, ayer en la Facultad de Ciencias da Comunicación, Casanova reivindicó la educación como pilar para recuperar la memoria histórica y afianzar una democracia que ve “frágil”.

Se dice que España es, después de Camboya, el segundo país del mundo con más fosas. ¿Cree que la gente es consciente de esa situación?

El tema de las fosas en España es muy complicado. Hay una parte muy consciente en torno a las fosas, que es la de las víctimas, las familias. Pero después hay una falta de sensibilidad importantísima e incluso un rechazo. Las fosas en España no ha entrado en el debate público en condiciones y el Estado nunca se ha atrevido a reclamar como un elemento propio la financiación y la orientación de las exhumaciones. Y acaba siendo un tema militante de algunas familias y algunos historiadores que lo apoyan. Merece otro tipo de reconocimiento por parte del Estado.

¿Qué le parece que la Xunta se haya negado a participar en el mapa de fosas impulsado por el Estado?

Es que es lo que estaba diciendo. No es un proyecto sólido. Estamos condicionados por las posiciones políticas. No puede ser que dependiendo de si están el PP o el PSOE haya o no programas de recuperación de fosas. La sensibilidad civil democrática del siglo XXI tendría que tener un pacto clarísimo en torno a esos temas, pero aquí depende de quien gobierna y eso es tan frágil que cualquier día se lo lleva el viento.

¿Cómo está afectando la crisis a este esfuerzo por recuperar los cuerpos?

La crisis es una excusa para algunos, para decir que no es el momento, pero tampoco lo apoyaban cuando había crecimiento económico. Pero también es una realidad que ha habido un descenso importante de los fondos destinados a este fin.

Se cumplen tres años de la Ley de Memoria Histórica. ¿Qué grado de cumplimiento ha tenido en este tiempo?

Pues la ley es una ley y luego hay que aplicarla. Hay una comisión en torno al Patrimonio que está mínimamente funcionando y luego lo que hayan querido hacer los ayuntamientos y las juntas en cuanto a calles, estatuas y símbolos del pasado, pero no ha habido una aplicación de la ley sistemática. Hay una fragmentación de todo lo que significa la memoria histórica.

¿Cree que todavía hay tabúes en este debate? Fraga tiene un título de Hijo Predilecto de A Coruña concedido durante el Franquismo y no se le ha retirado. ¿Debe decirse claramente que hay que retirarlo?

Yo creo que en Galicia no debían de tener ningún problema porque aquí no hubo Guerra Civil. Aquí lo que hubo fue sublevación militar y ya no pasó nada más. Creo que las sociedades complicadas son aquellas que pasaron los frentes de guerra, que mataron de unos y otros bandos pero en Galicia lo que tienen hubo un triunfo desde el principio de las posiciones que acabaron siendo del régimen de Franco. Desde ese punto de vista deberían tener menos debate y muchísima más sociedad civil democrática, pero creo que no es el caso.

¿Y por qué cree que no es así? Claro, franquismo sí hubo.

Bueno, pues posiblemente porque la sombra alargada del franquismo es muchísimo mayor en Galicia que en otras sociedades y el debate sobre la memoria no está tan fragmentado, con lo cual la gente vivió siempre con una memoria tan abrumadora que los vencidos o la gente que desde el principio fue perseguida prácticamente no han tenido voz en absoluto.

Xornal.com

PARA EJERCER EL DERECHO AL VOTO EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES. (22/05/2011)

Por primera vez los ciudadanos que provienen de. BOLIVIA, CHILE, COLOMBIA, ECUADOR, PARAGUAY, PERU y reúnen los siguientes requisitos podrán ejercer el derecho al voto en las elecciones del próximo mes de mayo de 2011.

1.- Llevar residiendo legalmente al menos 5 años.
2.- Estar inscritos en el censo electoral antes del 15 de enero de 2011.
3.- Ser mayor de 18 años al 22 de mayo de 2011.
4.- Estar empadronado en el ayuntamiento donde se desee votar.

Para lograr ser inscritos en el Censo electoral, y poder votar se deben hacer los siguientes trámites.

Si te llega una carta desde el censo electoral:

Al recibir la carta desde el Ayuntamiento correspondiente invitándote a inscribirte. Esta contiene un código individual especial llamado CTT, es decir Clave de Tramitación Telemática.
Puedes en el Censo Electoral POR INTERNET, entrando en la página Web de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística: http:/sede.ine.gob.es Para ello necesitas introducir tu número de identificación como extranjero – el NIE, junto con la CTT que viene en tu carta personalizada.
También te puedes inscribir por CORREO postal.
En la carta del Ayuntamiento vienen las instrucciones. Dentro tendrás un formulario que podrás rellenar y enviar por correo, este no necesita franqueo.
Finalmente Ir directamente a tu ayuntamiento y pedir que te inscriban en el Censo.
El funcionario que te atiende te presentará el impreso que tienes que rellenar. Tú sólo tienes que identificarte con tu Tarjeta de residencia, presentar una fotocopia de la misma y un certificado de residencia legal expedido por la Comisaría de la Policía. (Para obtener esto hay que ir en Madrid, a calle San Felipe 7-9 y pagar una tasa de 6.82 euros, llevar fotocopia del NIE y cumplimentar una solicitud, tardan entre 15 y 20 días).

Cualquier duda o consulta hacerla 901 101 900 begin_of_the_skype_highlighting 901 101 900 end_of_the_skype_highlighting.

Recordar: Que aun faltan muchos inmigrantes provenientes de otros países que aún no tienen este derecho al voto: Marruecos, países del este, Argentina, etc.

Para más consultas e informaciones: www.fferine.org

sábado, 11 de diciembre de 2010

MANIFIESTO POR LA DIGNIDAD DEMOCRATICA. Sergio Romero: un golpista en la Embajada de Chile en España.

En las últimas semanas distintas organizaciones de chilenos en España y varias asociaciones españolas de defensa de los derechos humanos, han solicitado al Gobierno de Zapatero que retire el “plácet” al embajador de Chile, Sergio Romero, por su trayectoria política durante la dictadura militar y por su defensa de Pinochet durante los 503 días que estuvo detenido en Londres a petición de la justicia española.

La biografía política y social del abogado Sergio Romero, destaca que  entre 1968 y 1976 ocupó altos cargos directivos en la patronal de los latifundistas chilenos (SNA),  una de las organizaciones   responsables en la preparación de las condiciones que condujeron al golpe de estado, que derrocó al  presidente constitucional de Chile  Salvador Allende.
Durante la dictadura, Romero fue subsecretario (viceministro) de Agricultura (1976-1977), cuando la temible DINA (Dirección de Inteligencia Nacional) y los aparatos represivos del régimen proseguían actuando impunemente para lograr el exterminio del movimiento popular y cualquier vestigio de oposición al régimen dictatorial.
Tras el fin de la dictadura, en 1991 el ya senador Sergio Romero se opuso en la Cámara Alta a la cancelación de la personalidad jurídica del enclave conocido como Colonia Dignidad, dirigido por el ex oficial de las SS de Hitler,  Paúl Schaeffer y  que fue utilizado por la DINA como centro clandestino de detención y tortura, por el que pasaron decenas de militantes y simpatizantes progresistas y de  izquierda que después engrosaron las listas de torturados, muertos y desaparecidos.

En 1998, Sergio Romero criticó  a la justicia española por su implicancia en la histórica detención del general Pinochet en Londres y mantuvo su lealtad hacia el tirano  fallecido en diciembre de 2006, destacando su legado político y económico: un legado de represión, hambre, privatizaciones, destrucción de los derechos sociales y sindicales para el pueblo.

El actual presidente chileno Sebastián Piñera, que prometió durante su campaña electoral que no designaría a pinochetistas en cargos relevantes, incumplió su palabra enviándonos como representante de un gobierno democrático a un embajador golpista.

Por todo lo anterior, los bajo firmantes requerimos al gobierno de España que retire el plácet otorgado a este embajador pinochetista, de perfil demostradamente antidemocrático y contrario  a los principios que rigen en España.

FIRMAN:
ASOCIACIONES:
Asociación de chilenos/as Violeta Parra.
Asociación de DD.HH Francisco Aedo
Asociación de amistad hispano chilena Winnipeg
Asociación Pro memoria Salvador Allende, Madrid, España

ORGANIZACIONES POLITICAS.
Corriente Roja
Izquierda Unida.
Partido Comunista de España
Izquierda Anticapitalista.
Partido Socialista de Chile, comunal Laurita Allende-España
Partido Comunista de Chile en España
Unión Solidaria en Defensa de los Derechos Humanos

PERSONALIDADES


Marcos Roitman, profesor universitario.
Víctor Sáez, presidente Federación estatal de asociaciones de inmigrantes y refugiados en España (FERINE)
Ramón Hernández, español.
Jaime Pastor Verdú , profesor universitario

Adherir a asoc.winnipeg@gmail.com o a asoc.violetaparra@gmail.com

viernes, 10 de diciembre de 2010

Grávidas Mariposas de Chile. Detenidos/as Desaparecidos/as.


"GRÁVIDAS MARIPOSAS DE CHILE"

Homenaje a las mujeres detenidas desaparecidas que tenían un hijo en sus vientres.

1.- Reinalda Pereira Plaza
2.- Michelle Peña Herreros
3.- Cecilia Miguelina Bojanic Abad
4.- Gloria Ester Lagos Nilsson
5.- Elizabeth Rekas Urra
6.- Gloria Ximena Delard Cabezas
7.- Jacqueline Drouilly Yurich
8.- Maria Cecilia Labrin Sazo
9.- Nalvia Rosa Mena Alvarado

Nuestra generación no se habrá lamentado tanto de los crímenes de los perversos, como del estremecedor silencio de estos abusos. Entre los reportajes y programas especiales que se desarrollaron en el marco de los 30 años del golpe militar de 1973 se echó de menos uno: el que diera cuenta de los niños que fueron asesinados y desaparecidos durante los 17 años de dictadura. No existe ninguna razón política, militar o de Estado que explique o justifique la muerte de un niño. Qué decir sobre los casos de aquellos niños que todavía dentro del vientre materno o sólo con meses fueron hechos desaparecer junto a sus padres.

Quienes aún se empeñan en seguir justificando todos sus 'excesos' con el prefabricado Plan Z y el fantasmal ejército guerrillero, debieran decirnos -porque seguramente tienen respuesta- si estas mujeres eran un peligro para la seguridad nacional o eran agentes del comunismo internacional y por eso fueron asesinadas.

La verdad es que no parece posible encontrar una sola razón que justifique el peor de los crímenes que es matar a una madre y a un ser indefenso, con toda la vida por delante. Estos hechos, un poco dejados de lado en este recuento periodístico de los 30 años, son una mancha vergonzosa en la historia y la conciencia colectiva de Chile.

Cuando se abordan estos hechos es posible entender de mejor manera la cultura de respeto y de adoración que se le da en el campo y en los sectores rurales de todo nuestro territorio a la muerte de un angelito, donde se reparte el dolor entre todos los miembros de un pueblo, porque no es posible que tanto sufrimiento lo carguen sólo sus madres y padres. Por eso, el dolor de la muerte de todas estas madres y los angelitos muertos por la dictadura es una carga que debemos aprender a llevarla todos los chilenos.

Si la ayuda y la salvación han de llegar sólo puede ser a través de los niños. Porque los niños son los creadores de la humanidad. Los niños son la esperanza del mundo, y ellos se encargarán que los hijos de sus hijos, no hagan repetir estas historias de horror y terror que enloda y ensucia de sangre la historia de Chile.

Felipe Henríquez Ordenes

Día de los Derechos Humanos: Ban destaca labor de activistas y pide protegerlos

Día de los Derechos Humanos: Ban destaca labor de activistas y pide protegerlos


10 de diciembre, 2010  Los activistas de derechos humanos desempeñan un papel vital en el combate a la discriminación y otros atropellos de esas garantías, por ello, los Estados deben protegerlos bajo cualquier circunstancia, dijo hoy el Secretario General de la ONU.
Con motivo de la celebración del Día de los Derechos Humanos, Ban Ki-moon afirmó que si bien las leyes para salvaguardar y promover estos derechos son indispensables, los avances se logran gracias a los defensores que a menudo corren riesgos para luchar por sus garantías y las del resto de la gente.

“Los defensores son un grupo diverso. Pueden ser parte de una organización civil, pueden ser un periodista o un ciudadano aislado impulsado a actuar por los abusos que ve a su alrededor”, apuntó Ban.

Pero todos comparten el compromiso de exponer los abusos, proteger a los más vulnerables y ponerle fin a la impunidad, agregó.

Los activistas trabajan a favor de la libertad y la dignidad humana y en ocasiones son atacados e incluso asesinados por defender esas garantías básicas.

“Cuando las vidas de los defensores de los derechos humanos están en peligro, todos estamos menos seguros… Este Día de los Derechos Humanos inspirémonos en quienes buscan un mundo más justo y recordemos que todos podemos ser activistas de los derechos humanos”, puntualizó Ban.

sábado, 4 de diciembre de 2010

Destacado abogado de Derechos Humanos: Pinochet está entre las 10 personas más repudiables del siglo XX

 
Roberto Garretón comentó el juicio que se iniciará en París contra represores chilenos. El proceso busca aclarar la desaparición de ciudadanos franceses en dictadura.
 Como "una de las personas más repudiables" del siglo pasado calificó este sábado el abogado de derechos humanos Roberto Garretón a Augusto Pinochet Ugarte, fallecido en diciembre de 2006.

El jurista viajará en los próximos días a París para participar como testigo de contexto en el juicio que realizarán los tribunales de ese país por la desaparición de cinco ciudadanos franceses, durante la dictadura y en el marco de la Operación Cóndor, en el cual uno de los inculpados es justamente el ex comandante en jefe del Ejército.

"La importancia que se le ha dado a este proceso es por lo significativo que, a nivel universal, tiene la figura de Pinochet, que es (considerada) una de las 10 o 15 personas más repudiables de todo el siglo XX", dijo el abogado a El Diario de Cooperativa.

Garretón explicó que el juicio se iniciará este miércoles 8  de diciembre en ausencia de los imputados, recalcand que "en materia sustancial, creo que habría sido necesaria una mayor colaboración".

"La colaboración de la Justicia chilena a la Justicia francesa ha sido en las materias prácticas, se han tramitado exhortos aquí en Chile, están todos los inculpados notificados en sus casas o en sus cárceles", precisó el jurista.
Catorce son los acusados del aludido proceso, que busca aclarar los crímenes del sacerdote asesinado en Temuco Etienne Pesle, del ex asesor político del Presidente Salvador Allende Georges Klein, el dirigente del MIR Alfonso Chanfreau, secuestrado en 1974, Jean-Yves Claudet, detenido en Buenos Aires en el marco de la Operación Cóndor y Marcel Amiel, desaparecido en 1977 en Mendoza
Cambio 21